Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada, ordenando se anule la Sentencia 031/2018 y se disponga que la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, emita nueva Sentencia sin vulnerar los derechos denunciados en la presente acción tutelar, a través de la cual haga conocer las razones jurídicas fundadas, motivadas, congruentes y en respeto al derecho a la igualdad del cambio de línea jurisprudencial y del por qué se asumiría que el art. 52 del CTabrog, establece un cómputo de la prescripción para la etapa de ejecución tributaria al no estar expresamente establecido dicho extremo, ya que simplemente refiere “exigir el pago”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 14
- III.2. Jurisprudencia reiterada, sobre el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- el valor justicia,
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3. Jurisprudencia sobre la aplicación supletoria del Código Civil en casos de prescripción en materia tributaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- declaró prescrita la facultad de la Administración Tributaria para exigir el pago de la deuda tributaria determinada en la RD 432/2007 sobre el IVA e IT de marzo de 2003
- i)
- CONFIRMAR