Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.2.
II.2. Como emergencia de la audiencia de modificación de medidas cautelares, se dispuso la detención preventiva de Omar Alejandro Asbún Farah; extremo, que fue asentido por el representante sin mandato del accionante al responder en audiencia en los siguientes términos: “…ha tenido audiencia de modificación de medidas cautelares” (sic) y “…Se ha dispuesto que se le lleve a la cárcel de San Pedro, la detención preventiva” (sic [fs. 25 vta.]).
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial
- III.2. Análisis del caso concreto
- se ordena la aprehensión de Omar Alejandro Asbún Farah conforme a lo dispuesto en la Resolución 96/2019 de fecha 06 de junio del año 2019, con facultades de allanamiento y rompedura de chapas y candados y habilitación de horas extraordinarias
- 2)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR