SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

a)

Solicitan se conceda la tutela impetrada, disponiendo que: a) La nulidad del Auto Interlocutorio de 17 de abril de 2019 y del Auto de Vista de 7 de mayo de igual año; b) Ordenar a la Jueza demandada que en el plazo de veinticuatro horas señale nueva audiencia de medidas cautelares, en la que deberá dictar una resolución debidamente fundamentada y motivada, respecto a la probabilidad de autoría y los riesgos procesales previstos en los arts. 234.1 y 2; 235.1 y 2 del CPP; 335 y 337 del CP; y, c) Sea con reparación de daños y perjuicios civiles y costas procesales, “…teniendo en cuenta que mis representados se encontrarían 25 días de forma arbitraria, por el solo hecho de ser trabajadores eventuales sin que hayan dispuesto ningún dinero de la           víctima” (sic).

a)  El Auto Interlocutorio apelado, contiene defectos de fondo y forma, toda vez que no cuenta con la debida fundamentación y menos las razones por las que la Jueza a quo llegó a la conclusión de que los imputados –ahora accionantes–, sean autores o participes del hecho, ya que no precisa su posible participación en relación a los tipos penales atribuidos en la resolución de imputación y los delitos denunciados, sin que exista una explicación de la materialización del hecho delictivo, concluyendo con simples conjeturas, que tratarían de obstaculizar el proceso o darse a la fuga, determinando los riesgos procesales, omitiendo los principios de la sana critica, al no valorar todos los elementos de prueba conforme el       art. 173 del CPP.