Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0495/2020-S2
Fecha: 06-Oct-2020
II.1.
II.1. Por Sentencia 227/2017 de 29 de noviembre, Juana Mollo Mamani, Jueza Pública de Familia Primera de Uyuni del departamento de Potosí –hoy demandada, con base en un Acuerdo Regulador de Divorcio o Desvinculación, declaró disuelto el vínculo matrimonial entre Pánfilo Huarachi Chipana -hoy accionante- y María Copa Beniz, disponiendo que el progenitor pague una asistencia familiar de Bs400.- en favor de cada uno de sus hijos, haciendo un total de Bs1600.- (mil seiscientos bolivianos) de manera mensual (fs. 3 vta. a 4 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela del debido proceso mediante la acción de libertad y la exigencia del vínculo directo entre el acto lesivo denunciado y el derecho a la libertad física
- III.2.
- (NOTIFICACIÓN CON LIQUIDACIÓN).
- III.4. Análisis del caso concreto
- Para que una citación o notificación tenga validez, deben ser realizadas de tal forma que se asegure su recepción por parte del destinatario; pues la notificación o citación, no están dirigidas a cumplir una formalidad procesal en sí misma, sino a asegurar que la determinación judicial objeto de la misma sea conocida efectivamente por el destinatario
- REVOCAR