SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2020-S4

Fecha: 06-Oct-2020

II.2.

II.2.    Por Resolución “032/2018” de 14 de diciembre, siendo lo correcto 032/2019, el Juez Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Quinto del departamento de La Paz, dispuso que el imputado Simón Ruiz Paz Corrales asuma su defensa con la extrema medida de detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro de ese departamento, por el tiempo de cuatro meses solicitado por el Ministerio Público, argumentando que si bien fueron enervados los riesgos contenidos en el art. 234.1 del CPP en lo que concierne a la actividad laboral lícita, no así con relación a tener familia y respecto a contar con un domicilio real establecido y sobre el riesgo procesal establecido en el art. 234.7, el Fiscal no señaló de qué manera puede influir en víctimas, testigos o partícipes ni tampoco individualizó a dichas personas. En cuanto al riesgo procesal establecido por el art. 235.2 del CPP, al estar pendientes actuados investigativos, se configura el mismo, al tener el imputado la condición de “influencer”, existe la posibilidad de afectar negativamente en los partícipes (fs. 36 a 38 vta.).