SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

primer punto

Sobre el primer punto, a efectos de analizar la referida problemática, corresponde referirse sobre los fundamentos esgrimidos en el Auto Supremo 445/2019, que fueron la base para casar en parte el Auto de Vista 150/2018 y disponer el reconocimiento del derecho propietario de la recurrente antes referida, y la conservación de la asignación de la superficie total del inmueble en cuestión; exponiendo en lo sustancial lo siguiente:

“De los antecedentes expuestos y de la prueba indicada, en cuanto a la cuota parte que le corresponde a la codemandada Rosa Alina Vaca Pinto Balcázar se observa que la Jueza de la causa y el Tribunal de instancia no realizaron una correcta valoración probatoria de la documental cursante de fs. 206 a 207, toda vez que la Juez A quo dispuso, que a la recurrente le pertenece el 50% por ciento de la cuota parte que le corresponde sobre el inmueble objeto del proceso y a Luis Alberto Vaca Pinto Balcázar el otro 50% por efecto de la transferencia realizada en fecha 4 de noviembre de 2010, ya que los contratantes consignaron la superficie del inmueble como 414.58 mts2., por lo que la trasferencia del 16.66% de acciones de Rosa Alina Vaca Pinto Balcázar equivaldría a 69.1 mts2., de la misma forma el Tribunal Ad quem comete error al valorar dicha prueba ya que el revocar parcialmente la sentencia dispone que Rosa Alina Vaca Pinto Balcázar por transferir el 100% de sus acciones no le corresponde derecho propietario sobre el inmueble.