SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

Fragmento 32

En cuanto al pago de sueldos devengados solicitados por el impetrante de tutela, de acuerdo al Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el cumplimiento de la conminatoria que se emite en el marco del derecho debe ser integral; a razón que, su incumplimiento afecta incluso a otros derechos elementales; de manera que, la lesión de cualquiera de estos trae como consecuencia la afectación tanto de la persona trabajadora como de su entorno familiar en cuanto a la subsistencia, a la dignidad y a la vida misma de todos ellos; por lo que, precisamente en resguardo de los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral del accionante es que se otorga el carácter de cumplimiento obligatorio e integral de las conminatorias de reincorporación pronunciadas por las jefaturas departamentales de trabajo; lo que, conlleva a acatar lo dispuesto por la autoridad administrativa; en el caso concreto, además de la Conminatoria de Reincorporación-JDTP-HRF 039/2019, expresamente determinó que, “…[debe] pagársele los sueldos devengados y demás derechos sociales que corresponda a la fecha” (sic); en ese sentido, corresponde también que sobre esta disposición, al tratarse del resguardo de los mencionados derechos, se conceda tutela.