SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

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De los antecedentes descritos, se evidencia que los agravios desarrollados en la impugnación presentada, resumidos en el Considerando II de la Resolución SD-AP 506/2017, llegan a ser suficientemente claros y precisos como para que el Tribunal de apelación pueda ingresar a conocer y resolver las posibles lesiones a sus derechos de la accionante, relacionados a la ausencia de valoración de la prueba por parte de la Jueza Disciplinaria, así como de los elementos constitutivos de la falta grave para la subsunción de su conducta al tipo disciplinario y la incongruencia de los hechos probados entre otros anteriormente nombrados; puesto que, si bien se suele exigir a los recurrentes, precisen los errores de hecho y derecho en los que incurrió la autoridad de primera instancia, efectuando una adecuada y precisa fundamentación respecto a los agravios sufridos; sin embargo, esta obligación no debe ser comprendida como un requerimiento absoluto y extremadamente formalista, que dé lugar al rechazo de una refutación expresada, cuando no se cumplan dichos presupuestos; ya que, ello implicaría ir contra el principio de verdad material, que por mandato del art. 180.I de la CPE, rige en los procesos judiciales y administrativos; al otorgarse prevalencia a los rigorismos formales, transgrediendo el derecho a la impugnación de las resoluciones.