SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2020-S2
Fecha: 21-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos a la defensa, a ser oída, a la impugnación y al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones; toda vez que, dentro del proceso disciplinario seguido en su contra, el 11 de enero de 2017 interpuso recurso de apelación contra la Sentencia Disciplinaria 92/2016 de 30 de septiembre, emitida por la Jueza Disciplinaria Tercera de la Oficina Departamental de Santa Cruz del Consejo de la Magistratura, adjuntando prueba que no fue considerada en la aludida causa; ya que, se omitió pronunciar de manera fundamentada sobre cada una de ellas; no obstante, las exautoridades demandadas mediante Resolución SD-AP 506/2017 de 6 de noviembre, no corrigieron los agravios denunciados ni restituyeron sus derechos; al contrario, resolvieron señalando que en la impugnación no se precisó de forma clara, específica y puntual el error de hecho o derecho en el que hubiese incurrido la Jueza disciplinaria al valorar una determinada prueba; es decir, que no se refirieron sobre cada uno de los puntos apelados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El proceso administrativo sancionatorio debe respetar todos los elementos del debido proceso
- a) Por incongruencia omisiva
- el principio de legalidad conlleva a que ninguna conducta por más reprochable que parezca, puede ser sancionada, sino se encuentra expresamente prevista por ley, como delito o falta; permitiendo de este modo que las personas puedan prever sus actos y las consecuencias jurídicas de los mismos
- la conducta (por acción u omisión) que se procesa debe encontrarse dentro de las conductas reprochables que merecen una sanción disciplinaria; lo disímil, inducirá a que se activen las instancias disciplinarias de manera ineficaz e inadecuada
- una vez evidenciada con prueba plena la comisión de faltas, contravenciones o en su caso transgresiones a las normas internas institucionales, deben determinar la existencia de responsabilidad administrativa a título de culpa o dolo e imponer la sanción que corresponda
- Fragmento 15
- apoyándose en prueba que no fue ofrecida en el periodo investigativo
- 2)
- 3)
- absoluta
- Otras consideraciones
- 1° CONFIRMAR