SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

III.3.   Análisis del caso concreto

En el presente caso, el accionante denunció haber sido sometido a un proceso universitario al interior de la UMSA, siendo sancionado con la destitución de sus labores mediante la Resolución 31/2017 de 30 de noviembre; por tal motivo, interpuso recurso de apelación, a cuyo efecto la Sala de Apelaciones de la Comisión Universitaria de Procesos de la citada Universidad emitió la Resolución 16/2018 de 3 de agosto, modificando en parte la decisión impugnada y ratificando su responsabilidad, en virtud a ello, solicitó aclaración y enmienda del aludido fallo; empero, los miembros de la indicada Comisión no se pronunciaron al respecto, o de haberlo hecho jamás le notificaron con la respuesta a su pedido.

De la revisión y cotejo de los antecedentes que cursan en el expediente, se llegó a evidenciar que el peticionante de tutela fue procesado disciplinariamente por la causal prevista en el art. 24 inc. e) del Reglamento de Procesos Universitarios, en virtud a la Resolución 046/2017 de 8 de marzo, emitida por el Honorable Consejo Universitario de la UMSA, al haber sido admitida la denuncia formulada mediante Resolución 06/2017 de 26 de junio, dictada por la Sala Primera de la Comisión de Admisiones; luego, la Comisión Universitaria de Procesos Sala Segunda de la citada Universidad, pronunció la Resolución 31/2017, sancionando al prenombrado con su destitución; fallo que fue modificado en parte a través de la Resolución 16/2018 emitido por la Comisión Permanente de Apelaciones de la UMSA, producto del recurso de apelación interpuesto, manteniendo su responsabilidad, y como resultado del pedido de aclaración y enmienda por parte del accionante, la indicada Comisión dispuso no ha lugar al mismo por Auto de 30 de octubre de igual año.

Posteriormente, luego de haberse declarado la ejecutoria de la Resolución 16/2018, a través de la Resolución 717/2018 de 28 de noviembre, el impetrante de tutela solicitó reconsideración de dicho fallo, el cual fue rechazado por el Honorable Consejo Universitario de la aludida casa superior de estudios, mediante Resolución 056/2019 de 3 de abril.