SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2020-S1

Fecha: 07-Oct-2020

II.1.

II.1.  Consta Testimonio de Escritura Pública 554/2015 de 10 de abril, sobre constitución del edificio Torre UBC 1, Reglamento de copropiedad y administración, afectación en propiedad horizontal y división del inmueble que regirá entre los futuros propietarios  de las unidades de propiedad horizontal y las áreas comunes en que quedará afectado y dividido el edificio Torre UBC 1, que efectúa la sociedad de responsabilidad limitada denominada NULIFE S.R.L. (fs. 147-215 vta.), inscrito en Derechos Reales bajo las matriculas correspondientes el 12 de junio de 2015 (fs. 9 a 72 vta.).

En la CLÁUSULA QUINTA del citado documento se consigna el Reglamento de la Asociación de Copropietarios del Edificio Torre UBC 1, el cual en su art. 12 señala: “(OBLIGACIÓN DE CUMPLIR HORARIOS) Todos y cada uno de los propietarios de locales Comerciales en el EDIFICIO TORRE UBC 1 deberá cumplir los horarios mínimos de servicio al público que establezca la Junta de Administración de la copropiedad, para las distintas actividades, salvo cuando tales horarios sean fijados por autoridad competen”         [(sic) fs. 238 vta.].