Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2020-S4
Fecha: 20-Oct-2020
II.1.
II.1. Mediante nota CITE ADM-GG-ISSA-277/19 de 2 de septiembre de 2019, Alexander Cabral Durán, Representante Legal y Gerente General a.i. de la empresa INVERSIONES SUCRE S.A. “I.S. S.A.” –ahora demandado–, comunicó a Ronald Jhasmany Trigo Ledezma –hoy accionante–, que por determinación del Directorio y al ser su cargo de confianza y dirección, y que conforme al “Auto supremo Nro. 251/2014, auto supremo Nro. 493/2012 convenio de la OIT…” (sic), no gozaría de estabilidad laboral, se decidió prescindir de sus servicios como Director Jurídico de la mencionada empresa (fs. 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada. Reconducción de línea sobre la identificación del estándar más alto, respecto al cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación laboral
- Fragmento 15
- III.2. El cumplimiento obligatorio e integral de la conminatoria de reincorporación laboral
- la conminatoria de reincorporación debe ser acatada en su integridad, es decir, que el empleador una vez notificado con ésta, debe ejecutar todo lo que la Jefatura Departamental del Trabajo, hubiese ordenado realizar
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- III.3.1. Consideración final
- CONFIRMAR