SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2020-S3

Fecha: 06-Oct-2020

1)

El accionante a través de su abogado en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción libertad, y ampliándolo, manifestó que: 1) Fue notificado por la Oficial de Diligencias para concurrir a la audiencia de consideración de medidas cautelares de carácter personal, firmando como testigo de actuación la responsable de la Gestora Pública de Procesos; y, 2) No es comprensible que se haya practicado la notificación en menos de veinte minutos a las partes que intervienen en el proceso, puesto que sus domicilios se encuentran alejados; además, no está dentro del plazo procesal. Por ello, pidió regularizar el procedimiento al vulnerarse sus derechos a la defensa y al debido proceso con relación a su libertad, reiterando se conceda la tutela y se dejen sin efecto las notificaciones irregulares.

CONCEDER en parte la tutela solicitada, de acuerdo a los fundamentos jurídicos del presente fallo, disponiendo que la autoridad judicial accionada, deje sin efecto las ordenes de carácter personal emergentes de la declaratoria de rebeldía dispuesta, siempre y cuando ésta ya hubiese sido dispuesta.