Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2020-S3
Fecha: 06-Oct-2020
Fragmento 12
De la revisión de antecedentes, consta la Resolución de imputación formal de 31 de diciembre de 2019 contra el accionante, por la presunta comisión del delito de estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP en grado de autoría emitido por Edgar Choque Callisaya, Fiscal de Materia, presentado ante el Juez ahora accionado, mediante la cual solicitó la aplicación de medidas cautelares (Conclusión II.1.); mereciendo el decreto de 21 de enero de 2020, que señaló audiencia para definir su situación jurídica para el 4 de febrero del referido año, a las 15:30 horas, notificación efectuada al accionante el 3 de febrero de ese año, a las 18:10 horas (Conclusión II.2.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la medida de aprehensión, es lograr la comparecencia del imputado al proceso. La comparecencia del rebelde en el proceso penal, según lo dispuesto en el art. 91 del CPP,
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- día 12 de febrero de 2020 a horas 18:00
- REVOCAR en parte