SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

III.6. Otras consideraciones

De la revisión de la documentación que conforma el expediente, llamó la atención a este Tribunal lo indicado por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en audiencia de consideración de la presente acción tutelar de 12 de agosto de 2019 (fs. 125), respecto a que la misma habría sido suspendida al no haber sido notificadas las autoridades demandadas y que tal situación era atribuible a la falta de gestión por la parte actora; aseveración contraria al principio de impulso de oficio establecidos en el art. 3 del Código Procesal Constitucional (CPCo); por cuanto, la precitada Sala, a tiempo de impartir justicia Constitucional, es quien debe velar por el cumplimiento del debido proceso, instruyendo el cumplimiento de las diligencias pertinentes; por tanto, dicha situación amerita una llamada de atención.