SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

b)

b)   Sobre el segundo agravio reclamado, consideró que previamente corresponde la notificación con la Resolución de sobreseimiento a la víctima, conforme los arts. 11 y 12 del CPP, quien además es mujer y menor de edad; por lo que, goza de protección reforzada al amparo del art. 60 de la CPE, la Ley 348 y la Convención Belem do Pará, y con ello recién remitir antecedentes al Fiscal Departamental, quedando así habilitado el imputado para solicitar la consideración de su cesación de la detención preventiva; y, que la autoridad judicial al no manifestar el trámite a seguir, ni las sentencias constitucionales en que funda su decisión, causó agravio en parte al aludido. Asimismo, expresó que siendo el Juez a quo quien ejerce control jurisdiccional, debe tomar conocimiento que el cuaderno de investigación no es puesto a la vista  -según lo expuesto por el abogado de la defensa-, a fin de disponer las medidas necesarias y correctivas; y,