SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

Fragmento 20

Establecida la problemática, previo a ingresar al análisis del caso debemos referirnos al principio de inmediatez que fue reclamado por las autoridades demandadas en la presente acción de amparo constitucional, al respecto conforme se tiene del Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que al accionante se otorga un término de caducidad de seis meses para acudir ante la jurisdicción constitucional, la cual inicia a partir de la comisión de la vulneración alegada, de conocido el hecho o de notificado con la última decisión administrativa o judicial que agota la vía, considerándose al último actuado como el mecanismo de impugnación idóneo previsto por la ley para corregir o enmendar la posible lesión al derecho fundamental o garantía constitucional de la persona; en ese entendido, siendo que el impetrante de tutela tuvo conocimiento del Memorándum de cesación el 4 de junio de 2019 y siendo que presentó escritos el 5 y 10 del indicado mes y año, solicitando su reconsideración, obteniendo como respuesta la nota CITE SALA PLENA 349/2019, por lo que, se concluye que el último actuado fue la respuesta a los memoriales, considerándose este el medio de impugnación que utilizó; en ese entendido, se colige que la presente acción de defensa se encuentra dentro del plazo previsto, y se tendría por cumplido el principio de inmediatez.