SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2020-s4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2020-s4

Fecha: 28-Oct-2020

i)

Ludvy Ilenka Solis de la Quintana, Jueza Agroambiental del departamento de Cochabamba, por informe de 19 de junio de 2019, cursante de fs. 155 a 156, señaló que: i) Mediante Auto Definitivo de 7 de septiembre de 2018, el Juez Agroambiental de Sacaba del citado departamento, tuvo por no presentada la demanda de reparación de daño interpuesta por los ahora accionantes, al no haber sido subsanadas las deficiencias identificadas en su memorial de demanda observadas por proveído de 28 de agosto de ese año y ampliado el plazo para la subsanación de las mismas por decreto de 4 de septiembre de igual año; ii) Por Auto de 18 del indicado mes y año, el Juez Agroambiental rechazó la interposición del recurso de apelación contra el Auto Definitivo de 7 del mes y años indicados, por no estar reconocido como medio de impugnación en materia agroambiental; iii) A través del Auto de 21 del señalado mes y año y ante la interposición del recurso de compulsa contra la resolución de 18 de igual mes y año, el Juez Agroambiental dispuso la remisión de fotocopias legalizadas de todas las piezas del proceso a efectos de su valoración ante el Tribunal Agroambiental; iv) Mediante Auto Interlocutorio Definitivo S2ª 55/2018 de 12 de octubre, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental declaró la ilegalidad de la compulsa interpuesta por Nicolás Almanza Aguilar y Florentina Vásquez de Almanza; y, v) En el caso de autos la autoridad judicial únicamente se enmarcó en la legalidad e imparcialidad en la tramitación de la causa, garantizando a las partes el debido proceso, la seguridad jurídica y la defensa en igualdad de condiciones.