SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2020-S3

Fecha: 28-Oct-2020

c)

c)    Asimismo, el recurrente -hoy accionante- señala que en el desarrollo del proceso no negó el valor legal del certificado de trabajo, porque fue expedido con la única finalidad de colaborar al demandante -ahora tercero interesado- para que pueda acceder a un crédito bancario. Ante dicho reclamo, el Tribunal Supremo de Justicia no encuentra vulneración alguna a los principios procesales enunciados en el recurso de casación; por cuanto, la sola negación al contenido del certificado de trabajo no es suficiente para restarle toda credibilidad, pues conforme se expuso, existen otros medios probatorios que reforzaron la hipótesis de la demanda laboral y el certificado de trabajo producido en el proceso, para llevar al convencimiento que la relación laboral si existió; y,