SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2020-S3
Fecha: 28-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso en su elemento de congruencia; puesto que en el proceso de pago de beneficios sociales seguido contra su persona, interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista 05/2018 de 16 de febrero, que fue declarado infundado de manera incongruente por los Magistrados ahora accionados mediante AS 245 de 16 de mayo de 2019, ya que señalaron que en el citado recurso no se precisó si se trata de un error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba, en la que hubiesen incurrido el juez o tribunal de alzada; sin embargo, sin una debida fundamentación del por qué, procedieron a realizar una revaloración de la prueba existente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- la falta de coherencia del fallo se da, en su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-;
- debe ser complementada a partir de la relevancia constitucional que tenga la alegada arbitraria o insuficiente fundamentación y motivación de las resoluciones, es decir, que deberá analizarse la incidencia de dicho acto supuestamente ilegal en la resolución que se está cuestionando a través de la acción de amparo constitucional; pues, si no tiene efecto modificatorio en el fondo de la decisión, la tutela concedida por este Tribunal únicamente tendría como efecto el que se pronuncie una nueva resolución con el mismo resultado
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- Fragmento 18