SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S3

Fecha: 28-Oct-2020

II.3.

II.3.    Por requerimiento de medidas de protección de 30 de abril de 2019, la Fiscal de Materia ordenó a la accionante a cumplir en favor de Leonardo Ajata Ramírez -ahora fallecido- con las siguientes medidas de protección: prohibición de comunicarse con la víctima para intimidar o molestar, agredir física o psicológicamente por cualquier medio o a través de terceras personas, realizar acciones de intimidación amenazas o coacciones a los testigos de los hechos de violencia (fs. 78 y vta.). Mediante Resolución de 20 de mayo de igual año, la Fiscal de Materia, ordenó a las hoy accionadas cumplir con las siguientes medidas de protección en favor de la accionante: la prohibición de agredir física y psicológicamente; de no amenazar, intimidar o molestar a la denunciante por cualquier medio, además que toda la atención médica a Leonardo Ajata Ramírez debe ser comunicada a la accionante (fs. 10 y vta.). Cursa Resolución de 28 de noviembre de ese año emitida por la Fiscal de Materia, ordenando a la accionante a cumplir con las siguientes medidas de protección en favor de la accionada Dora Ajata Flores: prohibición de comunicarse, intimidar o molestar por cualquier medio o a través de terceras personas, así también cualquier acto de violencia que afecte su estado emocional (fs. 82).