Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Por Auto Interlocutorio 80/2018 de 2 de octubre, el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Colquiri del departamento de La Paz rechazó el
Fecha: 25-Nov-2020
competente
En ese sentido, la SCP 0033/2020 de 25 de noviembre, suscrito por la mayoría de los Magistrados declaró competente al Tribunal de Justicia Indígena Originaria Campesina de la Nación Jach’a Suyu Pakajaq’i Milenario para el conocimiento de la problemática que dio origen al presente conflicto de competencias jurisdiccionales, con el argumento que concurren los tres ámbitos de vigencia exigidos por la Ley de Deslinde Jurisdiccional -Ley 073 de 29 de diciembre de 2010-, bajo los siguientes fundamentos:
- Suscitado entre:
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES
- competente
- ámbito de vigencia personal
- ámbito de vigencia territorial
- ámbito de vigencia material
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- comunidad originaria
- comunidad agraria sindical
- Fragmento 12
- b) La impertinencia de utilizar el término “inhibitoria” en los conflictos de competencias jurisdiccionales