SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

concedió

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 04 de 9 de enero de 2020, cursante de fs. 187 a 194 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que el demandado cumpla en su integridad la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FALF/CONM 045/2019, con base en los siguientes fundamentos: i) Respecto a la lesión del derecho al debido proceso de la empresa demandada, en la emisión de la  referida orden, no es posible aplicar el principio iura novit curia ante la ausencia de hechos y argumentos; no siendo evidente que existan hechos o derechos controvertidos ante el incumplimiento de la citada Resolución administrativa o el trámite que en ella se hubiera impreso; ii) La conminatoria de reincorporación es de cumplimiento inmediato, pues su acatamiento es provisional y la interposición de un recurso de impugnación no suspende su efectividad ni mucho menos la competencia del tribunal de garantías a efecto de su consideración; en mérito a ello, el recurso jerárquico formulado contra la resolución que declara legal la huelga, así como el recurso de revocatoria presentada contra la Conminatoria, no importan subsidiariedad o causan estado; y, iii) En efecto la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FALF/CONM 45/2019, notificada a la entidad demandada, no fue acatada hasta el presente; en ese mérito, corresponde conceder de forma provisional la tutela solicitada, disponiendo su cumplimiento íntegro.