SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2020-S4
Fecha: 26-Nov-2020
II.6.
II.6. Por Resolución C.E.N. 02/2019 de 10 de octubre, el Comité Ejecutivo Nacional de la C.S.T.L.F.T.A.G.B., en su Artículo Uno, resolvió remitir (se entiende antecedentes) al Tribunal de Honor y Justicia Sindical de la Organización Matriz de los Trabajadores del Sector, por infringir los ahora accionantes los incisos b), c) y f) del art. 13 del Estatuto Orgánico de la C.S.T.L.F.T.A.G.B.; asimismo, en su Artículo Dos, determinó que mientras dure el proceso en el Tribunal de Honor y Justicia Sindical, quedan los impetrantes de tutela, separados del movimiento sindical del sector y suspendidos todos sus derechos sindicales, para su posterior expulsión definitiva si el caso lo amerita (fs. 165 a 166).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se garantice al justiciable el conocimiento o notificación oportuna de la sindicación para que pueda estructurar eficazmente su defensa, el derecho a ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia, en suma, se le dé la posibilidad de defenderse adecuadamente de cualquier tipo de acto emanado del Estado, donde se encuentren en riesgo sus derechos, por cuanto esta garantía no sólo es aplicable en el ámbito judicial, sino también administrativo
- exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales y que sus derechos se acomoden a lo establecido por las disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- Fragmento 19
- derecho a la defensa
- Fragmento 21
- serán SANCIONADOS por la Confederación Sindical de Trabajadores
- después de sietes días hábiles
- señalará día y hora de audiencia pública
- CONFIRMAR