SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S3

Fecha: 04-Nov-2020

6)

6)    Como resultado de la revisión de los antecedentes se estima que los elementos de convicción acumulados en el desarrollo de la investigación son suficientes para establecer la relación de causalidad entre la probable conducta desplegada por el imputado con relación al tipo penal de abuso deshonesto con agravante, debido a que el imputado aprovechando su condición de profesor de la víctima de cinco años de edad abusó sexualmente de la misma, despojándola de su vestimenta para acceder a la niña con toques impúdicos; por ello, los fundamentos de la Resolución de sobreseimiento no exponen las razones por las cuales los elementos de convicción que generaron la probabilidad de autoría en la imputación formal ahora no generan esa misma convicción; por ello, la misma no reconoce los derechos y garantías de la víctima establecidos a partir del art. 60 de la CPE, correspondiendo asimismo aplicar el principio de favor debilis en virtud a lo previsto en los arts. 13.IV, 256 y 410.I de la Norma Suprema, que obliga a considerar con especial atención a la parte, que en su relación con la otra, está situada en inferioridad de condiciones, haciendo referencia a los grupos de prioritaria atención, más aun cuando el Código Niña, Niño y Adolescente, dispone la prioridad de asegurar el ejercicio y respeto pleno a sus derechos, razones por las que corresponde revocar la decisión del Fiscal de Materia, interpretación a la que se llega en base a los principios rectores de la función fiscal y del principio de inocencia, el cual exige la existencia de elementos de convicción suficientes generados por el titular de la acción penal a fin de acreditar la concurrencia de los elementos constitutivos y específicos del tipo penal, actividad generada con total respeto a los principios y garantías procesales y constitucionales que rigen el juicio oral.