SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2020-S4

Fecha: 01-Dic-2020

III.3. Principio non reformatio in peius (no reforma en perjuicio)

La SCP 0242/2015-S2 de 26 de febrero, estableció que: “El art. 400 del CPP, refiriéndose a este principio establece que: ‘Cuando una resolución sólo haya sido impugnada por el imputado o su defensor no podrá ser modificada en su perjuicio. Los recursos impuestos por cualquiera de las partes permitirán modificar o revocar la resolución aún en favor del imputado, salvo que el recurso de se refiera exclusivamente a las costas’.