SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0798/2020-S2
Fecha: 15-Dic-2020
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 40/2020 de 31 de enero, cursante de fs. 343 a 347 vta., denegó la tutela impetrada, conforme a los siguientes fundamentos: a) La SCP 0238/2018-S2 de 11 de junio, dispuso que excepcionalmente la jurisdicción constitucional puede ingresar a observar la valoración de la prueba en supuestos en que la autoridad de la jurisdicción ordinaria se apartó de los límites de razonabilidad y equidad, omitió valorar algún medio probatorio cursante en el expediente y cuando se introdujo prueba inexistente; b) La parte accionante presentó un recurso de reposición bajo alternativa de apelación contra el Auto de 26 de noviembre de 2019; por lo que, se evidenció que aparentemente existían actos procesales en suspenso que deben ser resueltos previamente a la activación de la jurisdicción constitucional; y, c) Toda vez que no se cumplieron los presupuestos procesales para la postulación de la acción de amparo constitucional, corresponde declarar su improcedencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- II.
- III.4. Análisis del caso concreto
- recurso de reposición bajo alternativa de apelación
- b)
- d)
- la celebración de la audiencia preliminar no está sujeta a condición alguna; más que a la existencia de una solicitud de dictamen pericial en la que la parte interesada señale los puntos sobre los que versará la pericia.
- REVOCAR en parte
- 3° Disponer