Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0798/2020-S2
Fecha: 15-Dic-2020
II.2.
II.2. El Auto Supremo 237/2018 de 4 de abril, dictado por la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declaró infundado el recurso de casación en la forma presentado por las empresas demandadas, en consideración de los recursos de casación en el fondo interpuestos por ambas partes, casó parcialmente el Auto de Vista 156/2014 de 29 de abril y sus respectivos autos complementarios pronunciados por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en consecuencia, declaró probada en parte la demanda principal, y se mantuvo subsistente el pago por representación comercial y ha lugar el pago por daño de imagen y reputación comercial (fs. 96 a 115 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- II.
- III.4. Análisis del caso concreto
- recurso de reposición bajo alternativa de apelación
- b)
- d)
- la celebración de la audiencia preliminar no está sujeta a condición alguna; más que a la existencia de una solicitud de dictamen pericial en la que la parte interesada señale los puntos sobre los que versará la pericia.
- REVOCAR en parte
- 3° Disponer