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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2020-S2

    Fecha: 15-Dic-2020

    II.1.

    II.1.  Cursa memorial presentado el 3 de septiembre de 2009; a través del cual, Victoria Elena Paredes Vda. de Sandoval -ahora accionante-, interpuso demanda ordinaria de nulidad de venta contra los herederos de Alcira Nélida Paredes Guzmán Vda. de Peña y Rossemary Annia Peña Paredes (fs. 3 a 7 vta.)

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Es decir, que cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
    • la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
    • III.2.  Análisis del caso concreto

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