Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2020-S2
Fecha: 15-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación, congruencia y tutela reforzada para personas adultas mayores; y, del principio de seguridad jurídica; en razón a que, los Magistrados demandados, a través del Auto Supremo 555/2019 de 6 de junio, declararon infundado su recurso de casación, sin la debida motivación, fundamentación y de manera incongruente; omitiendo resolver los agravios expresados y efectuar una revalorización de las pruebas desde una perspectiva diferencia por pertenecer a un grupo vulnerable con protección reforzada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Es decir, que cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2. Análisis del caso concreto