Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2020-S3
Fecha: 04-Dic-2020
II.1.
II.1. Cursa Certificado Médico de 14 de febrero de 2020, emitido por Raúl Caballero, Médico Forense, a favor de Andrés Yujra Chambi -ahora accionante-, que refiere en la impresión diagnóstica, “Pie diabetetico mellitus Wagner 2…” (sic), extremidad inferior derecha parte superior de la articulación, D.M. con complicación de circulación periférica insulinodependiente 2. Síndrome depresivo (fs. 1).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- Fragmento 3
- rechazó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- De lo contrario la acción carecería de falta de legitimación pasiva; es decir, en la no coincidencia o correspondencia entre la persona, autoridad o funcionario contra quien se interpuso la acción de defensa de derechos fundamentales, con quien efectivamente causó la supuesta lesión a derechos que se denuncia y que motiva la interposición de la misma.
- para cumplir la legitimación pasiva en la acción de libertad, es ineludible: ‘…que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida,
- III.2. Análisis del caso concreto
- De la actuación de la Jueza de garantías
- ordenar de oficio la instalación de una audiencia de cesación de la detención preventiva, sin que previamente exista en dicho despacho una solicitud que cumpla los requisitos procesales establecidos
- REVOCAR en parte
- 3º
- 4º