SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2020-S3

Fecha: 08-Dic-2020

a)

Solicita se conceda la tutela impetrada y en consecuencia: a) Se deje sin efecto la “…determinación publicada en la página WEB de no aumentar los puntos al examen de la Ley '348', por ser ilegal y no tener fundamento jurídico” (sic); b) Anular la prueba de la materia “Ley 348”, en razón a que la misma contiene preguntas capciosas, ambiguas, confusas e incongruentes, además, algunas de las interrogantes no fueron extractadas del texto de consulta; c) Que la autoridad accionada, emita una determinación resolviendo todas las denuncias planteadas en la acción tutelar conforme a los fundamentos que exponga el Juez constitucional a efectos de que se dé una respuesta oportuna, fundamentada, motivada y congruente; y, d) Conforme al art. 36.IV del Reglamento de Exámenes de Ascenso para los capitanes, tenientes, subtenientes, suboficiales, sargentos, cabos, policías y músicos se reprograme la prueba en la materia de la “Ley 348”, con la finalidad de que pueda someterse a la misma.