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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1005/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1005/2020-S3

    Fecha: 18-Dic-2020

    II.6.

    II.6. Por memorial de 5 de junio de 2018, el ahora impetrante de tutela interpuso “recurso de revocatoria” contra la Resolución SP 003/2018, emitida la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, pidiendo que se disponga el cumplimiento de sus funciones de cuatro años, y sea en la modalidad de contrato o se le asigne el ítem correspondiente (fs. 68 a 71).

    • SUBREGISTRADOR DE DERECHOS REALES DE PROVINCIA DE COCHABAMBA
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • i)
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 16
    • III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal ni casacional supletoria dentro de ningún proceso ordinario, administrativo o disciplinario
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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