Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2020-O
Fecha: 18-Feb-2020
II.5.1.
II.5.1. Elevada en revisión dicha causa ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronunció la SCP 0043/2018-S3 de 14 de marzo, a través de la cual se confirmó en todo la Resolución 06/2017, que concedió la tutela y en consecuencia se dejó sin efecto la Sentencia 242/2016, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, anulándose obrados hasta la etapa de admisión, disponiendo que la Sala Plena disponga la notificación con la demanda al tercero interesado, en este caso a la Gerencia Regional La Paz de la ANB (fs. 328 a 334 vta.).
- queja
- I.1. Contenido de la queja y denuncia por incumplimiento
- I.2. Petitorio
- a)
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.6.
- III.
- III.1.
- e) Ejecución de decisiones emergentes de sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada constitucional, pronunciadas en el marco del ejercicio del control tutelar de constitucionalidad.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2.
- II. Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida…
- III.2.1. Impedimento de cumplimiento de una resolución constitucional por imposibilidad sobreviniente ajena al juzgador
- III.3. Análisis de la impugnación formulada
- Sentencia 242/2016 de 14 de junio
- REVOCA