Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2020-O
Fecha: 18-Feb-2020
Fragmento 15
En tales antecedentes, se advierte que el ahora solicitante de tutela, a través de la queja que interpone, pretende se deje sin efecto el AC 676/2016; siendo que el referido Auto fue pronunciado en la tramitación de otra queja interpuesta por Luis Delgado Arancibia y Jorge Clemente Rodríguez Calvo, cuestionando que otro fallo constitucional contenido en la SCP 0503/2016, hubiera sido incumplida, la cual es ajena a la presente queja respecto al incumplimiento de la SCP 0641/2016-S3.
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja de incumplimiento
- a)
- infundada la queja
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- el incumplimiento o la demora en la ejecución de fallos de primera instancia, conlleva a la adopción de mecanismos previstos por el art. 17 del CPCo, en cuyo mérito el juez o tribunal de garantías, tiene las facultades para adoptar todas las medidas necesarias a fin de hacer cumplir sus determinaciones
- III.3. Análisis de la queja por incumplimiento
- Fragmento 14
- Fragmento 15