SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020-S4

Fecha: 19-Mar-2020

Fragmento 32

II. La jurisdicción indígena originaria campesina respeta el derecho a la vida, el derecho a la defensa y demás derechos y garantías establecidos en la presente Constitución” (las negrillas son nuestras), bajo este entendido, se la considera como una jurisdicción autónoma pero jerárquicamente idéntica a la jurisdicción ordinaria. Siendo competente para la administración de su justicia en el marco de los criterios materiales, personales y territoriales, establecidos en el art. 191.II de la Norma Suprema, enmarcando su ejercicio al respeto de los derechos fundamentales de los miembros que la integran. De dicho reconocimiento emana a su vez la atribución de crear su propio derecho y aplicarlo a través de sus autoridades.