SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020-S4

Fecha: 19-Mar-2020

IV.2.   La justicia indígena originaria campesina, sus normas y procedimientos propios

Las naciones y pueblos indígena originario campesinos, son reconocidos como una institución jurídica autónoma, compuesta por sus autoridades, por sus normas y sus procedimientos, los que dan origen a su propio sistema jurídico, por medio del cual regulan la convivencia de la comunidad y resuelven los conflictos que pudieran generarse al interior de la misma.

En ese contexto, el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Constitución Política del Estado, reconocen el derecho de estos a desarrollar y promover su estructura institucional y el ejercicio de su sistema jurídico. Es así, que el art. 190 de la CPE, dispone que: