SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
Auto Supremo No. 1300/2018 de fecha 20 de diciembre de 2018
Solicitó se conceda la tutela “…reparando todos mis derechos que fueron conculcados por el Auto Supremo No. 1300/2018 de fecha 20 de diciembre de 2018, y disponga por la revocatoria del mismo y definitiva anule el citado Auto de Fs. 602 al 612 y vuelta de fecha 26 de noviembre de 2018 y el complementario presentado ante el [T]ribunal [S]upremo de [J]usticia, se disponga que dicte otro de acuerdo con las normas y sentencias constitucionales…” (sic); asimismo, habiéndose observado “…Definir el petitorio de acuerdo a la acción de defensa presentada” (sic), por escrito de 28 de mayo de 2019, cursante a fs. 75 y vta., pidió “…la revocatoria del Auto Supremo No. 1300/2018 de fecha 20 de diciembre de 2018, se restituya el derecho a la Propiedad Privada y definitiva se confirme la Sentencia de Primera instancia y el auto de Vista” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 556- II, III
- Auto Supremo No. 1300/2018 de fecha 20 de diciembre de 2018
- a)
- 1)
- denegó
- II.4.
- III.
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial. Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional, sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces
- CASA
- Sobre la denunciada errónea e incorrecta interpretación del art. 556.II y III del CC
- Con relación a la alegada vulneración de otros derechos
- CONFIRMAR