SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas se encuentren vinculadas al derecho a la libertad
Bajo tales antecedentes, se advierte que el accionante, pretende tutela sobre supuestas vulneraciones del derecho al debido proceso; a tal efecto es preciso analizar la jurisprudencia constitucional, en relación a los presupuestos de activación de la acción de libertad para dicha tutela, conforme se tiene del desarrollo del Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, que determinó que las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa y solo agotados estos se podría acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional, que es el recurso idóneo para precautelar las lesiones al debido proceso a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas se encuentren vinculadas al derecho a la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión. En tal contexto, se advierte que en el presente caso, se encuentra en tela de juicio la libertad del impetrante de tutela, en relación a la impugnación de la Resolución que le impuso la medida cautelar de carácter personal precitada; por lo que, se tiene por cumplido el presupuesto jurisprudencialmente establecido a efectos de tutelar el debido proceso a través de esta acción de libertad, al existir una vinculación directa del acto lesivo (falta de motivación y fundamentación del Auto de Vista 06/2019 de 11 de febrero), con el derecho a la libertad del impetrante de tutela, según se ha descrito.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a la vida y a la libertad
- Respecto a las lesiones al debido proceso, la jurisprudencia constitucional ha sido reiterada y uniforme al señalar que la protección que brinda el habeas corpus, ahora acción de libertad no comprende todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa directa para su restricción o supresión
- deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión;
- …la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad
- debido proceso
- Fragmento 15
- En cuanto al Tribunal de apelación,
- el Tribunal de alzada se encuentra obligado a resolver el objeto del recurso
- Fragmento 18
- la probable
- suficientes, para establecer una probabilidad
- indicios suficientes que permitan suponer razonablemente
- con probabilidad
- III.4
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas se encuentren vinculadas al derecho a la libertad
- de los reclamos expuestos en el recurso de apelación
- i)
- a)
- responden
- probabilidad
- es inviable
- la probabilidad
- CONFIRMAR