SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

II.5.

II.5.    A través del escrito presentado el 28 de marzo de 2019, la accionante cumplió lo ordenado y adjuntó fotografías del lugar de los hechos y reiteró la aplicación de medidas precautorias (fs. 49). Asimismo, según providencia de 29 de “abril” -lo correcto es marzo- del mismo año, la autoridad ahora demandada, puso en conocimiento de la Unidad de Saneamiento Individual y Conflictos para que de acuerdo al cronograma se programe el relevamiento de información en campo y, al mismo tiempo, se realice la inspección de los hechos denunciados (fs. 52); siendo notificado de manera personal el abogado de la accionante, el 22 de abril del indicado año (fs. 53).