Declaración Constitucional Plurinacional 0010/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Declaración Constitucional Plurinacional 0010/2020

Fecha: 27-Jul-2020

a)

Por otro lado, en el precitado fallo, el cambio de línea, objeto del presente análisis, se estableció a partir del siguiente razonamiento jurídico: “a) El nivel central tiene competencia exclusiva respecto del ‘Régimen electoral nacional para la elección de autoridades nacionales y subnacionales, y consultas nacionales’ (art. 298.II.1 de la CPE), precepto que tiene plena concordancia con el art. 284.III constitucional, que incida La Ley determinará los criterios generales para la elección y cálculo del número de concejalas y concejales municipales. La Carta Orgánica Municipal definirá su aplicación de acuerdo a la realidad y condiciones específicas de su jurisdicción’; consecuentemente, es la Asamblea Legislativa Plurinacional, la titular para establecer los criterios y lineamientos de aplicación general a los procesos electorales de todas las entidades territoriales autónomas departamentales y municipales, entre estos (requisitos para ser electo a una candidatura; causales de cesación de autoridades municipales electas; perdida de mandato, además de otros que puedan devenir);