ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0105/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0105/2020-S1

Fecha: 21-Jul-2020

RA VMABCCGDF 005/19

En fase de impugnación en sede administrativa promovida por la entidad accionante, mediante recurso de revocatoria y jerárquico, fue confirmada la decisión asumida, a través de la RA VMABCCGDF 005/19, emitida por la misma autoridad; y mediante Resolución Ministerial - AMB 21, pronunciado por el MMAyA, respectivamente.  

Antes de ingresar a la cuestión material, es preciso ingresar a una cuestión procesal referida a un presunto acto libre y expresamente consentido en la que habría incurrido la entidad accionante, lo que motivaría en la adecuación de uno de los supuestos de improcedencia de la acción de amparo constitucional prevista en el art. 53.2 del CPCo., planteada por la entidad demandada. Al respecto, para la jurisdicción constitucional esta causal de improcedencia, supone una acción voluntaria de la persona de someterse al acto presuntamente lesivo, sin cuestionarlo u objetarlo, asumiendo una actitud pasiva frente al mismo; es decir, implica la realización de acciones que no tienden a restablecer el acto supuestamente vulneratorio[1]