SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2020-S1
Fecha: 16-Jul-2020
Fragmento 29
Por tanto, al ser inexistente una documentación que acredite que a la activación del trámite por parte de la peticionante de tutela se atendió su solicitud con carácter preferente, sino por el contrario una Hoja de trámite documentario GS. DPR. 3496/17, correspondiente a la Gerencia de Seguros de COSSMIL, que consigna el trámite de 20 de septiembre de 2017, ingresado el 22 de igual mes y año, por el que Carmen Rosa Heredia Vda. de Mejía, solicitó el pago de capital asegurado de muerte, que fue derivado a diferentes instancias entre ellas la Jefatura del Departamento de Filiación, recién a partir del 24 de abril de 2019; es decir con carácter posterior a las gestiones efectuadas por la Unidad de Transparencia de COSSMIL, se concluye que el Gerente de Seguros hizo caso omiso a las normas internas e internacionales de protección a los adultos mayores.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- Fragmento 17
- III.1. Respecto a la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.2. No corresponde a la justicia constitucional dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- i)
- a través de esta instancia, no pueden analizarse hechos controvertidos cuya definición está encomendada al Órgano Judicial, por tal razón, la carga probatoria atribuible a la parte peticionante de tutela para vías de hecho, debe estar circunscrita a aspectos que no impliquen la existencia de hechos controvertidos a ser sustanciados por la jurisdicción ordinaria
- Personas Adultas Mayores
- II.
- Los Estados Parte desarrollarán enfoques específicos en sus políticas
- derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley
- No Violencia.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- CORRESPONDE A LA SCP 0069/2020-S1 (viene de la pág. 16).
- REVOCAR en parte
- a) ORDENAR
- MAGISTRADA