SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2020-S1

Fecha: 16-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Pese a ser persona de la tercera edad y de haber cumplido con todos los requisitos exigidos por COSSMIL, no obtuvo respuesta a su solicitud para percibir el pago de capital asegurado de muerte, como un derecho adquirido y consolidado, en su condición de viuda del quien en vida fue, Suboficial Mayor de la Fuerza Aérea Boliviana, René Benjamín Mejía Rivero, tal como lo establece el art. 152 de la Ley de Seguridad Social Militar -Decreto Ley 11901 de 21 de octubre de 1974-; por lo que, el 11 de febrero de 2019, acudió a la Junta Superior de Decisiones de COSSMIL, así como a la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de esta entidad, haciendo conocer la retardación de dicho pago.

Es así que, el 1 de marzo de 2019, ante la insistencia reiterada, se le notificó con la respuesta a su petición en la que, mediante Informe DPR.UPG 16/2016, concluyeron que en cumplimiento a la Circular G.S. Stría 13/2018 de 18 de octubre, estos pagos se encontrarían pendientes, mientras no se cuente con el estudio matemático actuarial concluido, ejerciendo maltrato, violencia y discriminación, ya que dichas razones solo constituyen evasivas y excusas al requerimiento efectuado desde el fallecimiento de su esposo.