SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2020-S4

Fecha: 14-Jul-2020

III.4.2.   Otras consideraciones

Es necesario advertir que en el presente caso, se tomaron en cuenta las pruebas aportadas por el impetrante de tutela, como lo extremos detallados en el informe escrito por parte de la autoridad demandada, ya que este, a pesar de haber sido notificado, no pudo presentarse a dicho verificativo oral, como tampoco remitir los actuados referidos en su informe, por lo que, en esta acción tutelar, tal y como lo determina la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la carga de la prueba se invierte cuando la parte demandada se encuentra en poder de la misma, siendo este un servidor público que tiene la obligación y el deber jurídico de presentar su informe y de respaldar los extremos manifestados en el mismo; sin embargo, esta autoridad jurisdiccional no cumplió con la segunda parte de esta obligación, que es el de respaldar documentadamente sus argumentos; por lo que, corresponde aplicar lo determinado por la precitada jurisprudencia constitucional, asumiendo una interpretación pro hómine.