SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2020-S4

Fecha: 17-Jul-2020

Fragmento 4

El solicitante de tutela, por medio de su abogado, ratificó en los argumentos esgrimidos en su acción de amparo constitucional, y ampliándolos manifestó que, respecto a los reclamos realizados por su parte en contra de la Segunda Convocatoria, el Honorable Consejo Universitario emitió la Resolución “152-2019”, que determinó suspender todas las convocatorias del 2019, promovidas para diversas carreras y facultades, entre ellas, la del Departamento de Materias Básicas; aclarando que, el reglamento del Consejo Universitario establece que contra dicha Resolución todavía existen recursos pendientes, como el de reconsideración; por lo que, no se podría sustentar una eventual denegatoria de tutela, en base a una resolución que puede impugnarse. Por otra parte, refuta otro argumento con el cual se pretende evitar que ejerza cátedra, que es la existencia de una “resolución que es la de junio de 2019”, la misma que es ilegal e inclusive puede ser el motivo del planteamiento de otra acción de amparo constitucional, al disponer su suspensión de forma arbitraria; la que no debe ser aplicada de manera retroactiva, por ser posterior a los hechos que motivan a la presente acción tutelar.