SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2020-S4

Fecha: 17-Jul-2020

III.4.  Análisis del caso concreto

Con carácter previo, es preciso aclarar que el accionante denuncia que las autoridades universitarias demandadas, promovieron una serie de actos contrarios a la igualdad y evasivos de la garantía del debido proceso, con la finalidad de impedir que acceda a mayor carga horaria y sea designado como docente interino en asignaturas de la Facultad de Tecnología de la UMSA. Identificando dos momentos distintos en los que se sucedieron las supuestas vulneraciones por parte de los ahora demandados, que se vinculan entre sí, por los derechos invocados, las autoridades a quienes se atribuyen los actos lesivos y la causa por la que se activa la jurisdicción constitucional, que es fundamentalmente, la presunta obstrucción discriminatoria respecto a su persona para que acceda a la cátedra universitaria.

Por lo tanto, no es evidente lo referido por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que determinó como fundamento de la denegatoria de la tutela, que al pretender el hoy accionante, la tutela sobre dos actos distintos no vinculados entre sí, la demanda de acción de amparo constitucional carecería de congruencia y coherencia, haciendo imposible su pronunciamiento en el fondo, por convenir la presentación de acciones tutelares para cada caso en particular.

En consecuencia, tomando en cuenta que el solicitante de tutela denuncia la vulneración de su derecho a la igualdad y de la garantía del debido proceso, en dos situaciones distintas pero vinculadas entre sí, –la primera, con relación a una invitación cursada para dar cátedra; y la segunda, referente a un proceso de convocatoria de concurso de méritos–, ambas atribuidas a las autoridades demandadas, se efectuará un análisis diferenciado de las mismas.