Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2020-S2
Fecha: 21-Jul-2020
Auto Interlocutorio 371/2019 de 10 de mayo
En la cual el Juez de Instrucción Penal Primero, en suplencia del Juez de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra Violencia hacia las Mujeres Cuarto, ambos de la Capital del departamento de La Paz, concedió la cesación de la detención preventiva solicitada por el impetrante de tutela, ordenando su detención domiciliaria y disponiendo su arraigo, presentación ante el Ministerio Público y tres garantes solventes y, la prohibición de tomar contacto con la víctima, los padres de esta, los testigos e incluso con las personas que conocieran del hecho que se le imputó.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Participación del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III.1. Exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.2. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- interna, porque entendida la resolución como una unidad congruente, en ella se debe cuidar un hilo conductor que le dote de orden y racionalidad, desde la parte considerativa de los hechos, la identificación de los agravios, la valoración de los mismos y los efectos de la parte dispositiva; es decir, se pretenden evitar que, en una misma resolución no existan consideraciones contradictorias entre sí o con el punto de la misma decisión
- PROCEDENCIA
- Auto Interlocutorio 371/2019 de 10 de mayo
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- Fragmento 19
- CONFIRMAR