SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

Sobre la valoración de la prueba

Al respecto, en virtud al desarrollo contenido en el Fundamento Jurídico III.3. del presente fallo constitucional corresponde establecer que la valoración probatoria efectuada por los jueces o tribunales ordinarios, solo puede ser revisada de forma excepcional por esta jurisdicción, si los accionantes identifican e individualizan concretamente qué pruebas fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir, o señalen cuáles no fueron recibidas u omitidas en su consideración, o que habiéndolo sido, no fueron producidas; asimismo, es imprescindible que indique en qué medida, en lo conducente, esa valoración cuestionada de irrazonable e inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la resolución final.