SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2020-S1

Fecha: 30-Jul-2020

ii) Que al momento de su aprehensión no se le sorprenda en la comisión de un delito flagrante.

Las SSCC 1009/2006-R[4], 0639/2007-R y 2548/2010-R, entre otras, señalan que se podrá ingresar directamente al análisis de fondo a través de la acción de libertad, cuando la privación de libertad personal o física se produce: i) Sin que exista ningún tipo de denuncia o investigación penal abierta en contra del privado de libertad; y, ii) Que al momento de su aprehensión no se le sorprenda en la comisión de un delito flagrante.